El 27 de enero de 2026, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos resolvió el caso Khadija Ismayilova vs. Azerbaiyán. Una sentencia importante para la libertad de expresión y el Estado de derecho.
Khadija Ismayilova es una reconocida periodista de investigación que escribe reportajes sobre corrupción y abusos de poder en Azerbaiyán. Desde hace años, su trabajo la convirtió en una figura incómoda para las autoridades, lo que derivó en una serie de hostigamientos, investigaciones penales y restricciones a su libertad personal.
Las autoridades azerbaiyanas condenaron a Ismayilov por 2 delitos:
- “Empresariado ilegal”, al considerar que ejerció actividades periodísticas para medios extranjeros sin contar con acreditación oficial del Ministerio de Relaciones Exteriores.
- Evasión fiscal, derivada de los ingresos obtenidos por dicha actividad.
Hay que destacar que Khadija fue imputada por varios delitos, incluyendo el de inducción al suicidio, de los que fue absuelta.
El Tribunal Europeo de derechos humanos resolvió que la condena por el delito de «empresariado ilegal» violó el principio de legalidad penal (nullum crimen, nulla poena sine lege), ya que la legislación interna de Azerbaiyán no establecía de manera clara y previsible que el ejercicio del periodismo sin acreditación constituyera un delito.
El Tribunal también concluyó que el proceso penal fue arbitrario, ya que las sentencias nacionales:
- No respondieron de manera razonada a los argumentos centrales de la defensa.
- Se apoyaron en informes fiscales vagos y jurídicamente defectuosos.
- Evadieron el análisis de cuestiones esenciales, como la naturaleza no comercial del medio y el papel real de la periodista en la gestión fiscal.
Por otra parte, el Tribunal Europeo rechazó el alegato del Estado, en el sentido que las condenas fueron ajenas a la actividad periodística de Ismayilova.
Lo anterior, ya que:
- La injerencia estatal no fue legal ni persiguió un fin legítimo.
- El uso del derecho penal contra una periodista crítica generó un efecto inhibidor sobre la libertad de expresión.
- El Estado incumplió su obligación de crear un entorno seguro para el ejercicio del periodismo.
Tal vez el aspecto más importante de la sentencia es la declaración de violación del artículo 18 del Convenio, en relación con la libertad de expresión. El TEDH concluyó que el proceso penal tuvo como objeto: silenciar y castigar a Khadija Ismayilova por su labor periodística crítica.
Esta sentencia debe recordarnos que el derecho penal no puede convertirse en un mecanismo para acallar voces incómodas, ni los jueces convertirse en los verdugos de los críticos del sistema. Un aspecto que tenemos que retomar en México.
Para concocer más sobre este asunto, puedes visitar el siguiente enlace: https://hudoc.echr.coe.int/fre?i=001-248090