Así funciona —o debería funcionar— la división de poderes en México

¿Quién pone límites al poder?
¿Quién controla a quienes mandan?
¿Quién evita que el gobierno haga lo que quiere, sin rendir cuentas?

La respuesta está en uno de los principios más antiguos y esenciales de cualquier democracia: la división de poderes.

Un principio tan básico como frágil

Desde la Revolución Francesa de 1789, se entendió con claridad que sin garantías de derechos y sin separación de poderes, no hay Constitución. Así lo estableció el artículo 16 de la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano.

Por eso, el Estado moderno se estructura en tres funciones principales:

  • Legislativa, encargada de crear las leyes;
  • Ejecutiva, que aplica esas leyes;
  • Y Judicial, que resuelve los conflictos conforme al derecho.

Esta división no implica aislamiento, sino colaboración de poderes. También supone un sistema de pesos y contrapesos, donde cada poder puede controlar y equilibrar al otro, evitando que uno solo se imponga sobre los demás.

Fundamento constitucional y jurisprudencial

En México, el artículo 41 de la Constitución señala que “el pueblo ejerce su soberanía por medio de los Poderes de la Unión”: Ejecutivo, Legislativo y Judicial.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la tesis 107 (registro 1,001,348), ha señalado que la división de poderes implica un régimen de competencias constitucionales expresas. Es decir: las autoridades sólo pueden hacer lo que la ley les permite. Todo lo que no esté autorizado, está prohibido.

La Corte también ha identificado tres tipos de competencias:

  1. Prohibiciones expresas, como límites claros a ciertas actuaciones;
  2. Facultades potestativas, que el órgano puede o no ejercer (como el veto presidencial);
  3. Facultades obligatorias, que deben ejercerse siempre, como dictar sentencia en un juicio.

Además, en la tesis 41 (registro 1,001,282), la Corte subraya que la división de poderes no significa conflicto permanente, sino colaboración institucional para garantizar el equilibrio y la unidad del Estado.

México: entre la norma y la realidad

En teoría, México tiene una estructura dividida y equilibrada.
En la práctica, la separación de poderes se ha debilitado peligrosamente.

El Ejecutivo dicta leyes que el Congreso aprueba “sin cambiarles ni una coma”. El Poder Legislativo dejó de deliberar con autonomía. Y el Poder Judicial —último contrapeso efectivo— fue transformado por una reforma que eliminó la carrera judicial, abrió las puertas a la politización, y sustituyó a jueces y magistrados independientes por perfiles afines al régimen.

Una advertencia vigente

Lo dijo Lord Acton:

“El poder tiende a corromper, y el poder absoluto corrompe absolutamente.”

Hoy, la pregunta que debemos hacernos es si en México aún existe división de poderes, o si ya es solo un concepto que solo se explica en las aulas.

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